Transmigrantes y Visa

Transmigrante, es el extranjero que se interna en México, en tránsito hacia otro país.

Los Transmigrantes pueden ser clasificados en:

Transmigrante que en tránsito hacía otro país eligen pasar un período en México para visitar el país.
Transmigrantes en conexión: Ingresan por los puntos de internación aéreos, marítimos y terrestres para abandonar México en conexión hacía otro país, en otro o igual medio de transporte.
La internación de extranjeros en tránsito hacia otro país, se regirá por las siguientes disposiciones:

1. La autorización de internación se concederá hasta por treinta (30) días improrrogables contados a partir de su expedición y no será susceptible de prórroga,
2. No podrá cambiar de calidad o característica migratoria, y
3. Se autorizará la internación como Transmigrante al extranjero que cuente con el permiso de admisión al país hacia donde se dirige y de los permisos de tránsito en los países colindantes de la República Mexicana comprendidos en su ruta.

Para la solicitud de la calidad de No Inmigrante en la característica Transmigrante el interesado deberá presentar los siguientes documentos y requisitos en el INM:

Llenar la Solicitud de Internación desde Internet. En el rubro “Próposito del viaje” debe seleccionar: Tránsito.
Copia del pasaporte vigente o documento de identidad y viaje válidos del extranjero, para México: Los marinos podrán presentar libreta de mar válida en lugar de pasaporte.
Copia de la Visa o permiso de entrada que acredite que el extranjero está autorizado para ingresar al país de destino.
Acreditar solvencia económica.

PREGUNTAS Y RESPUESTAS


¿Se requiere visa consular para visitar México como Transmigrante?
Algunos extranjeros para internarse a México requieren de visa. Para la internación a México, según el país de su nacionalidad, podrá conocer si su trámite requerirá o no una visa. Ver en el siguiente enlace: Países y regiones que requieren Visa para Viajar a México.

El Transmigrante, que NO requiera VISA, podrá satisfacer en el punto de internación los requisitos para la obtención de calidad y característica migratoria.

El Transmigrante que SI requiere VISA, deberá presentarse previamente al consulado de México del país o lugar de su residencia para tramitarla, o también es posible que alguna persona (mexicano o extranjero con estancia regular) en México, solicite al Instituto Nacional de Migración (INM) su internación.

En el caso de Transmigrantes en conexión y considerando las particularidades de cada caso, el INM podrá servirse de sistemas electrónicos para agilizar la emisión del permiso correspondiente.

Si cuentas con visa vigente expedida por los Estados Unidos de Norte América NO requieres visa mexicana. Los extranjeros que tengan visa para entrar a Estados Unidos podrán ingresar de manera directa (sin otro trámite) a territorio mexicano y permanecer legalmente por una estancia que no exceda los seis (6) meses.

¿Cuál es el monto por la autorización en la calidad migratoria de No Inmigrante: Transmigrante?
Por la expedición de autorización en la que se otorga calidad migratoria de No Inmigrante a extranjeros Transmigrantes, se pagará el derecho por servicios migratorios, conforme a las cuotas establecidas en el artículo 8 del pago de derechos migratorios.

Si el ingreso es aéreo el pago se aplica directamente al boleto de avión, en el caso de ingreso terrestre o marítimo el pago se realiza al ingresar al país.

Los nacionales cubanos que ingresen a México como transmigrantes realizan el pago de derechos migratorios directamente en el consulado de México en Cuba, al obtener la visa consular.

¿Cuál es la forma migratoria que concede el INM a los que se internan al país en calidad de No Inmigrante: Transmigrante?
Los Transmigrantes se documentarán con la Forma Migratoria Múltiple (FMM) en el punto de internación.

La FMM (Forma Migratoria Múltiple) es la evidencia de su legal estancia en México y el extranjero deberá entregarla a su salida del país.

¿Dónde se obtiene la FMM?
Los extranjeros, deben obtener la FMM en agencias de viaje, líneas aéreas o en los puntos de internación, llenarla y presentarla en el punto de internación.

En caso de proceder la internación, el agente migratorio retendrá el apartado de registro de entrada y entregará al extranjero el apartado de registro de salida, el cual deberá entregarlo a su salida del país.

¿Qué documentos son requeridos para la internación a México como Transmigrante?
La internación de los extranjeros a México debe realizarse por los puntos de internación aéreos, marítimos y terrestres, habilitados para tal efecto.

En el caso de Transmigrantes en conexión, dicho permiso podrá verificarse a través de medios electrónicos.

Para la internación a México como Transmigrante, el interesado deberá:

Proporcionar a la autoridad migratoria la información que se le requiera, en su caso y además,
Presentar pasaporte o documento de identidad y viaje, válidos y vigentes para México.
Presentar visa o permiso del INM, en caso de que se requiera.
Forma Migratoria Múltiple (FMM) debidamente llenada.
La autoridad migratoria podrá solicitar al extranjero que compruebe el motivo de su viaje.
Presentar visa o permiso de entrada que acredite que el extranjero está autorizado para ingresar al país de destino
Observaciones: Los extranjeros que viajen en la característica Transmigrante, deben llenar la FMM y presentarla en el punto de internación. La autoridad migratoria retendrá el apartado de registro de entrada y entregará al extranjero el apartado de registro de salida.

Deben conservar el apartado de registro de salida de la FMM, el cual es evidencia de su legal estancia en México y deberán entregarlo a su salida del país.

¿Puedo prorrogar mi estancia en México para permanecer más tiempo del que me han aprobado en la característica de Transmigrante?
No, los Transmigrantes son autorizados por una temporalidad hasta 30 días improrrogables.

Estoy de visita en México como Transmigrante y se me extravió la FMM ¿qué debo hacer?
La FMM es la evidencia de su legal estancia en México y en caso de extravío o robo deben realizar el trámite “Expedición o reposición de forma migratoria” llenando el formato de Solicitud de Estancia, directamente desde Internet y presentar:

Comprobante del pago de derechos por reposición de la forma migratoria.
Cinco fotografías tipo infantil (tamaño 2.5 X 3 cm) 3 de frente y 2 del perfil derecho de la cara, fondo blanco, con la frente y las orejas descubiertas, sin aretes y sin anteojos. No se aceptarán fotografías instantáneas.
Formato básico debidamente llenado.
Comparecencia del extranjero. La autoridad migratoria correspondiente deberá elaborar acta administrativa de hechos.
Durante mi estancia en México ¿Cuáles son mis derechos y obligaciones?

Obligaciones:

Al momento de internarte al país deberás de cumplir con los procedimientos de registro de entrada y estadísticos.
No deberás dejar vencer tu documento migratorio FMM, dentro de territorio nacional.
Deberás de portar tu documento migratorio FMM para poder acreditar tu estancia en el país.
Deberás abandonar el territorio nacional dentro del tiempo autorizado en tu FMM.
Deberás de entregar a la autoridad migratoria la forma migratoria FMM al salir del país.
Contar con la visa o permiso de entrada del país al que te diriges.
Derechos:

Podrás mantener la calidad y característica migratoria que se te fue otorgada por el tiempo autorizado durante tu tránsito por territorio nacional.
Transitar libremente por territorio nacional durante la vigencia de tu FMM.
¿Que no me está permitido durante mi estancia en México?

No están autorizados para que pretendan obtener calidad y característica migratoria diferente a la que se le ha otorgado: Transmigrante.
No aplican para realizar trámites de adopción en México.
Notas de: INM